Según publicado, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha declarado que un aspirante a ocupar una de las plazas de profesores especialistas, convocadas por la Consejería de Educación (de la Región de Murcia), no tiene derecho a ella al no acreditar su destreza en el manejo de caballos. La sentencia hace constar que “por ejemplo, para montar a caballo, actividad no exenta de peligro, se necesita haber acreditado muy concretos y específicos conocimientos sobre equitación”. Y añade que “encomendar esa actividad a una persona que no prueba que no es lego en la materia, supone correr un riesgo innecesario y propiciar un evidente peligro”.
La Sala da así la razón a la Consejería y anula la sentencia dictada por un Juzgado de lo Contencioso de Murcia, que no solo reconoció el derecho del demandante a ser contratado como profesor especialista, sino que condenó a la Administración a abonarle los salarios impagados. En su demanda, adjuntó la documentación relativa a la tributación por el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), pero la Consejería alegó que el epígrafe utilizado no servía “para acreditar una actividad profesional válida para ejercer como profesor especialista”. FUENTE: laverdad.es