LAS VERDADES DEL BARQUERO
El pasado mes de marzo, desde esta revista, mandamos aviso a navegantes con el fin de advertir de las tormentas que se avecinaban. Así lo mostraban las señales meteorológicas y los modelos internacionales (cabañuelas, el zaragozano, los viejos del lugar).
Dicen los hombres del mar que, incluso por el olor, saben cuándo se aproximan las tempestades. Será que mi cercanía y contacto con él me trasmite esas mismas sensaciones. En el anterior artículo traté de advertir a nuestros compañeros criadores que se avecinaban cambios importantes; se especulaba con que aumentarían las penas para los reos que se sometieran a las revisiones básicas para reproductores y algunos otros asuntos que no auguraban precisamente marejadilla sino fuerte marejada.
El pasado 21 de junio el gobierno levantaba el estado de alarma que nos tuvo confinados durante cien días. Por todos es conocido que, bajo la manta del COVID-19, nos fueron colando decretos, órdenes ministeriales, resoluciones y otras figuras que se escapan del control parlamentario y, más si cabe, del conocimiento de los españoles. Daremos buena cuenta de ello cuando nos “toquen” el bolsillo o nos recorten nuestras libertades, pues el objetivo de todo gobernante es controlar al gobernado.
Algunos pensarán que, aprovechando que por Sevilla pasa el Guadalquivir, mientras el pueblo guardaba cuarentena y aplaudía a sus sanitarios, alguien de la casa trabajaba a jornada completa para hacer frente a “la nueva normalidad” que estaba por venir. Al carecer de toda información, poco o nada podíamos hacer los socios y no socios de ANCCE, más allá de esperar acontecimientos y pedir a Dios que nos cogiera confesados. Lo bueno o malo del alumbramiento coincidió con los petardos y las hogueras de San Juan que, a pesar de haber sido prohibidas, iluminaron el horizonte la noche el 23 de junio.
Potro de este año de la Yeguada Maipe
Es el 24 de junio cuando el BOE publica una Resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Ganaderos por la que, a propuesta de ANCCE, se modifican otras de 2010 y 2017 respectivamente. Según se desprende de esta, era necesario introducir algunos cambios de la normativa actual para adaptarla a la Directiva Europea, tal y como se recoge en los siguientes párrafos de la referida resolución:
SEGUNDO.- Que la Reglamentación del Libro Genealógico del PRE y el Programa de Mejora, así como el Programa de Difusión de la mejora fueron aprobados, respectivamente, mediante Resoluciones de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios de 22 de marzo de 2017 y de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos de 31 de marzo de 2010 y que estos programas se consideran aprobados en virtud de lo dispuesto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, si bien resulta necesaria realizar una adaptación al nuevo marco y aprobar lo que en su conjunto se viene a denominar “programa de cría”.
TERCERO.- Que, con objeto de adaptarse a los nuevos requisitos establecidos en el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, y el Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, el programa de cría, que reúne tanto la reglamentación del libro genealógico, como del programa de mejora, y en este caso, además el programa de difusión de la mejora, ha sido modificado y presentado por ANCCE mediante correo electrónico de fecha 2 de junio de 2020, para su análisis y aprobación, tras recoger las observaciones realizadas por este departamento.
Es de justicia reconocer que la redacción de la resolución publicada está bien estructurada y dirigida hacia el objetivo que se persigue: convertir el PRE en un caballo de deporte. Y no estaría mal, siempre que se tratara por igual a todas las disciplinas, de las cuales se hace mención pero no se regula.
Si estamos midiendo y premiando las hipotéticas medidas que debe tener un PRE para la doma clásica, debemos considerar que puede que no sean las mismas para vaquera, enganche o alta escuela. Tampoco numéricamente tendrán las mismas proporciones un KWPN, un Westf. o un Hannoveriano, entre otros. Mientras tanto, la resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación y, como consecuencia, una mayoría de los potros nacidos en 2020 estarán en Segunda B, y los aficionados al fútbol saben lo que cuesta subir a Primera.
Estoy convencido de que los compañeros que participaron en la redacción de esta resolución lo hicieron con la intención de proteger y mejorar en lo posible a nuestro PRE, pero quizás debieran haber consultado a otros ganaderos que conocen de primera mano la intervención militar durante tantos años en nuestras cuadras, que saben de cría, de mercados y, como no puede ser de otro modo, de caballos españoles, pues gracias a ellos se mantienen las líneas de sangre, las familias y en algún caso la estirpe.
Grupo de potros en los prados de la finca Lo Bosque.
La buena intención debió guiar a la comisión, reitero. No obstante, no debieron percatarse de que, aprobada esta resolución, los ejemplares de cualquier ganadero estarán sometidos a una serie de controles desde que nacen hasta que mueren, que pueden o no ser de su interés, por lo que perderá parte de su autonomía como criador. Sobre este punto, cabe recordar las palabras de un presidente de ANCCE: “Ponemos los caballos, el pienso y el dinero. ¿Qué más quieren que pongamos?”.
Como no puede ser de otro modo, no podemos dejar pasar los avances de la ciencia así como las ventajas que nos ofrecen las nuevas técnicas para mejorar los sistemas de cría. Sin embargo, la ensoñación de fabricar un caballo especializado en una disciplina concreta, como la clásica, nos puede llevar con el paso de los años a criar un caballo cruzado, uno más de las muchas razas que compiten en esta especialidad. Como sabemos, en este caso la competencia del mercado es mucho mayor y puede que nos dejemos en el camino otras bondades que solo posee el PRE y no los demás.
Sea como fuere, la aplicación de cualquier medida que represente una merma en las libertades de los ganaderos debería ser voluntaria y puesta al servicio de estos, pero desde luego no obligatoria e impuesta por nuestra propia organización.
Recomiendo a los lectores que repasen la ya mencionada resolución, poniendo especial interés en las páginas 9 y 10 del registro de nacimientos y sus categorías.
Resolución íntegra subrayada, destacando lo de mayor interés. Leer más…
También son de gran importancia las páginas 11 y 12 en lo referente al control de los reproductores:
REGISTRO DE NACIMIENTOS
Asimismo, para garantizar la fiabilidad de la genealogía de los ejemplares inscritos en el LG PRE se realizará un control de filiación obligatorio a todos los ejemplares antes de su inscripción en el registro de nacimientos del LG PRE, utilizando herramientas de genética molecular, principalmente marcadores de ADN de tipo microsatélite u otros marcadores que en cada momento se determinen para incrementar la probabilidad de exclusión de progenitores. Las muestras biológicas utilizadas formarán parte del banco de muestras de ANCCE y podrán ser utilizadas para estudios genéticos encaminados a la conservación y mejora de la Raza. Se establecen dos grupos o Subcategorías en el RN:
-Grupo A: Formado por los animales cuyos progenitores tengan una valoración genética positiva.
-Grupo B: Formado por los animales cuyos progenitores no tengan una valoración genética positiva.
La ANCCE a través de la Comisión Gestora del Programa de Mejora establecerá cada año los requisitos para formar parte de cada uno de estos grupos. Los ejemplares que se encuentren en cada grupo podrán cambiar de grupo A o B, de manera automática, cuando se modifiquen los datos de las valoraciones de sus progenitores o las condiciones particulares de asignación a cada grupo en función de los requisitos exigidos. Esta información será publicada en la página web de la ANCCE.
REGISTRO DEFINITIVO
Aquel ejemplar que no supere esta valoración permanecerá inscrito en el Registro de Nacimientos en el Grupo B (si ha sido presentado solamente en una ocasión) o pasará al Registro de Animales No Reproductores, si ha suspendido esta valoración definitivamente (2 valoraciones no aptas). La categoría obtenida (Apto o no Apto) deberá constar en el documento de identificación (DIE) del ejemplar y en la base de datos oficial del LG PRE.
En este registro Definitivo de reproductores (RD) se establecen así mismo 2 grupos:
-Grupo A: Formado por los animales cuyos progenitores o ellos mismos tengan una valoración genética positiva.
-Grupo B: Formado por los animales que no cumplan los requisitos establecidos para formar parte del grupo A.
La ANCCE a través de la Comisión Gestora del Programa de Mejora establecerá cada año los requisitos para formar parte de cada uno de estos grupos.
Los ejemplares que se encuentren en cada grupo podrán cambiar de grupo A o B, de manera automática, cuando se modifiquen los datos de sus valoraciones genéticas o las de sus progenitores o se modifiquen las condiciones particulares de asignación a cada grupo en función de los requisitos exigidos.
Esta información será publicada en la página web de la ANCCE. Así mismo, dentro del Grupo A de este registro Definitivo existen
OTRAS MEDIDAS
Tras la valoración genética los ejemplares podrán obtener las siguientes categorías: siempre que además hayan superado los requisitos morfológicos, sanitarios y reproductivos, tras ser sometidos a un estudio radiográfico, para descartar enfermedades, como la osteocondrosis y a un estudio del aparato reproductor, para descartar anomalías reproductivas. Cada Categoría para el animal será provisional y estará vigente mientras el animal cumpla con los requisitos exigidos.
Como es habitual, nos ponemos a disposición de nuestros lectores para compartir los comentarios que sean de su interés.
Foto de inicio: Coateco II. Semental de la Yeguada Maipe
Texto y fotos: Pedro Conesa