La Federación Andaluza de Hípica condenada por el Juzgado de Primera instancia número tres de Sevilla

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Por su parte, la FAH alegó que «no tenía responsabilidad en el accidente» dado que dicha federación encargó la organización del Cto. de Andalucía de Salto de 2009 a Samocab. Según el Reglamento de la misma Federación ciertamente da u otorga la organización a otra empresa, pero no se desvincula completamente del evento en cuanto que puede enviar a un Delegado Técnico con la finalidad de «supervisar la infraestructura e instalaciones para comprobar, y en su caso, exigir el cumplimiento de unas condiciones mínimas necesarias que garanticen el normal desarrollo del campeonato». Además, el art. 304 del Reglamento de Saltos de la FAH atribuye a ésta «la vigilancia de que los comités organizadores cumplan con sus funciones, teniendo facultades incluso para suspender la competición si no cumplieran las condiciones debidas».

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