Es muy importante que antes de comprar un van conozcas los requisitos legales que precisas
¿Qué requisitos debemos cumplir para poder transportar con nuestro propio remolque a nuestro caballo, algo tan habitual entre profesionales y aficionados? Todo lo que debemos saber sobre el Permiso B con remolque ligero y no ligero, sobre la Autorización B-96 y cuándo precisamos obtener el permiso B+E en este artículo.
Carnets de conducir para viajar con el caballo
Con carácter previo debemos familiarizarnos con tres conceptos: TARA es el peso del vehículo o remolque en vacío; MMA es el peso máximo de un vehículo incluyendo tara más carga; y MMR es la masa máxima remolcable. Será fundamental verificar estos conceptos en la ficha técnica de los vehículos.
Permiso B con remolque ligero
Con nuestro permiso de conducir tipo B podremos conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor con una masa máxima autorizada de hasta 3.500 kg y un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de los 750 kg, también conocidos como remolques ligeros. En este caso bastará mantener la documentación en regla del remolque (ficha técnica) y una doble matrícula blanca e idéntica a la del vehículo; no será necesario un seguro propio, pero sí habrá que notificar a la compañía aseguradora para que incluyan en la póliza el remolque si no estuviera ya previsto.
Pongamos un ejemplo práctico para ir en regla con el supuesto anterior:
Todoterreno de 2.500 kg de MMA con van de un caballo con una TARA de unos 350 kg y poni o caballo pequeño que pese menos de 400 kg.
Como podemos observar es muy fácil excedernos de la MMA del remolque, bien sea porque el remolque o el caballo sean un poco más pesados de lo indicado en el ejemplo y, por consiguiente, conduciríamos de manera irregular con la matrícula blanca.
Permiso B con remolque no ligero
Como alternativa a lo anterior, también es posible con el carnet de conducir tipo B usar un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kg. Estos también son conocidos como remolques no ligeros o pesados. En este caso hay que matricular el remolque con la conocida matrícula roja además de la doble matrícula blanca del vehículo, contratar una póliza de seguro y pasar la ITV correspondiente.
Con nuestro ejemplo anterior podríamos viajar con un caballo algo más pesado totalmente en regla, pero ¿qué pasaría si usáramos un van de dos caballos y transportamos a dos animales? Reajustemos el anterior ejemplo:
Mismo todoterreno de 2.500 kg de MMA, van de 2 caballos que suelen tener, según fabricante, una TARA de unos 800 kg, y dos caballos de 450 kg cada uno.
En este caso estaríamos fuera de peso por 250 kg y podríamos ser sancionados.
En este y los siguientes supuestos el remolque debe estar equipado con un sistema de frenado si se trata de un remolque no ligero, es decir, si la MMA es igual o superior a 750 kg. También será necesario contar con un sistema de frenado si la MMA del remolque es mayor que la mitad del peso en vacío del vehículo tractor.
Autorización B-96
La autorización B-96 permite a los vehículos de categoría B que lleven enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de esta combinación exceda de 3.500 kg, pero no sobrepase los 4.250 kg.
Esta autorización no requiere de examen teórico si ya tienes el permiso B, y consiste en dos pruebas prácticas: una de estacionamiento y otra de circulación.
Con esta autorización cumpliríamos con la normativa en el ejemplo anterior.
Permiso B + E
Con el permiso B + E se podrán conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg siempre que el vehículo tractor no exceda de esa misma masa máxima autorizada.
Sin duda es una cuestión compleja que debemos tener muy en cuenta, no ya antes de salir de viaje, sino antes de comprar el remolque.
Fotografía de inicio: remolquesparatodo.com
Texto: Rafael García de la Vega. rafael@gdlv-abogados.com / www.gdlv-abogados.com
Creo que el artículo está algo desfasado… El carnet B96 ya no existe porque según la nueva normativa de Tráfico que entró en vigor el año pasado, con el carnet B puedes llevar hasta los 4250 kg y las autoescuelas ya no ofrecen el B96… El B+E si que sigue en vigor por si se necesita llevar más de los 4250 kg autorizados para el B
Hola Rosa. Te dejo enlace actual de la web de la DGT donde podrás verificar que sigue siendo obligatoria la autorización para conjunto entre 3.500 y 4.250 kg, de MMA: https://sede.dgt.gob.es/es/permisos-de-conducir/obtencion-renovacion-duplicados-permiso/permiso-conducir/examen-maniobras/permiso-b-con-autorizacion-para-conjunto-entre-3500-y-4250-kg-de-M-M-A.shtml