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¿Qué permiso de conducir necesito para transportar un caballo en un van? (Ampliación)

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Los permisos necesarios para poder circular por la vía pública correctamente transportando nuestro caballo en un van es un tema muy controvertido, dando así lugar a que, en determinados casos, se esté circulando fuera de la legalidad por un problema de base: no disponemos del permiso de circulación correspondiente o del remolque adecuado.

Antes de nada es conveniente aclarar los siguientes aspectos conceptuales:

  • TARA: es la masa del vehículo sin tener en cuenta el peso de sus conductores o pasajeros, la carga o la dotación de agua, el combustible, los repuestos, o las herramientas o accesorios que pueda llevar.
  • MMA es la masa máxima que un vehículo puede cargar para circular por la vía pública, es decir, es el peso total incluyendo la tara del vehículo más la carga.

Los permisos de conducción necesarios se clasifican en función de los siguientes supuestos:

  • Remolques considerados ligeros por pesar menos de 750 kg MMA. Podrán conducirse con el carnet B. En este supuesto NO se tiene en cuenta el peso del conjunto vehículo + remolque, simplemente se tiene en cuenta que el peso del remolque sea menor de 750 kg MMA en cuyo caso con el carnet B sería suficiente.
  • Si el remolque es considerado como NO ligero, es decir, pesa más de 750 kg MMA, en este caso el tipo de carnet dependerá del peso del conjunto vehículo + remolque:

     

    Vehículo + remolque de más de 750 kg MMA y el conjunto pesa menos de 3.500 kg MMA: carnet B. A parte de que la MMA total sea de 3.500 kgs, se exigen otros dos requisitos tales como que el peso del vehículo debe ser superior al peso del remolque, así como que el vehículo tenga autorizada como remolcable la MMA del remolque.

    o Vehículo + remolque de más de 750 kg MMA y el conjunto pesa más de 3.500 kgs y menos de 4.250 kg MMA: carnet B96

    o Vehículo + remolque de más de 750 kg MMA y el conjunto pesa entre 4.250 y 7.000 kg MMA: carnet B+E

    o Vehículo+ remolque de 750 kg MMA y el conjunto pesa más de 7.000 kg: carnet C +E

Permisos conduccion transporte equino

La problemática de los van ligeros (matrícula blanca)

Como hemos dicho anteriormente un van catalogado como ligero NO PUEDE EXCEDER de los 750 kg MMA. Teniendo esto en cuenta, consideramos que prácticamente todo aquel que circule con un van con matrícula blanca y un caballo de tamaño normal en su interior, en la mayoría de casos está circulando fuera de la legalidad por una cuestión de exceso de peso, te lo explicamos a continuación con un ejemplo.

El peso medio de un van ligero es de 550 kg de TARA (el peso del van depende de los materiales, para este análisis se han tenido en cuenta remolques con poco peso). Para sacar el peso MMA hay que añadirle al peso de TARA, el peso de la carga, el caballo. De manera, que añadido un equino de tamaño medio que ronda los 420 kg, nos da un peso MMA de 970 kg.

En definitiva, debido a los pesos de TARA que manejan los van junto con el añadido del peso de un caballo de tamaño medio, en la mayoría de los casos nos estamos saliendo del peso permitido

de los 750 kgs MMA. Esta problemática surge porque efectivamente los van ligeros pueden ser comercializados sin necesidad de matrícula roja por tener una MMA inferior a los 750 kgs. Sin embargo, el consumidor debe controlar el peso de carga y saber que con la carga de un caballo sería suficiente para excederse de los 750 kg MMA, estaría circulando fuera de la legalidad y, si los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado se disponen a pesar el remolque, va a ser sancionado por exceso de peso.

Por lo tanto, la legalidad en la circulación con van de matrícula blanca quedaría para usos residuales de animales de poco peso como pueden ser potros o ponys ya que, de lo contrario, en la mayoría de los casos se estaría excediendo de la MMA permitida.

 

Texto y fotografías: Equgest. Gestoría Hípica 360º

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