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El abandono de caballos como delito de maltrato animal

De 10.000 a 50.000 euros de sanción

Cada vez, por desgracia, el abandono de caballos es más frecuente dada la imposibilidad que alegan los propietarios de soportar los gastos de mantenimiento de los mismos. ¿Puede considerarse el abandono de caballos como un delito de maltrato animal?

Además de la legislación propia de cada Comunidad Autónoma relativa a la protección animal que sería de aplicación para este tipo de situaciones, en la nueva Ley 7/2023 de bienestar animal, se contempla el abandono de un animal como un tipo de infracción grave pudiendo dar lugar al inicio de un expediente sancionador contra el infractor con una sanción pecuniaria de 10.000 a 50.000 euros.

Además de la sanción administrativa que puede operar en primer grado y es contemplada en la Ley de Bienestar Animal, el Código Penal contempla el abandono animal como delito. Es en el artículo 340 ter donde se regula este supuesto estableciendo que:

Quien abandone a un animal vertebrado que se encuentre bajo su responsabilidad en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad, será castigado con una pena de multa de uno a seis meses o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días”.

El abandono podría dar lugar a una sanción penal.

 

Además de lo anterior, el Código Penal contempla una pena de inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos.

En definitiva, a parte de la sanción administrativa de carácter pecuniario que opera en primer grado ante tal tipo de supuestos, el abandono podría dar lugar a una sanción penal que se reserva para aquellos casos donde se ponga en grave peligro la vida o integridad del animal.

 

Texto: Equgest info@equgest.com Tlfn. 667421646 www.equgest.com

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